Mones Molina
ABOGADOS

¿Mi Empresa Cumple con el RGPD?

Autoevalúa el nivel de cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos en tu empresa. Descubre si estás protegiendo correctamente los datos personales y evita sanciones de hasta 20 millones de euros. Especialistas en protección de datos y RGPD en Vinaròs.

Autoevalúa tu empresa y descubre tu nivel de cumplimiento RGPD en 2 minutos

Obligatorio para empresas con +250 empleados o tratamientos habituales
Debe ser libre, específico, informado e inequívoco
Finalidad, base legal, plazos, derechos, destinatarios...
Protección ante accesos no autorizados, pérdida o filtración
Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición, Portabilidad, Olvido, Limitación
Ej: gestoría, hosting, CRM, software de email marketing...
Obligatorio notificar a AEPD en 72h y a afectados si hay alto riesgo
Obligatorio: sector público, monitorización habitual o datos sensibles a gran escala

Cómo Usar el Test de Autoevaluación RGPD

Paso 1: Registro de Actividades de Tratamiento

El Registro es un documento donde identificas todos los tratamientos de datos que realizas: clientes, empleados, proveedores, newsletter... Para cada uno debes indicar: finalidad, base legal, categorías de datos, destinatarios, plazos y medidas de seguridad. Es obligatorio si tienes +250 empleados o si tus tratamientos habituales incluyen datos sensibles.

Paso 2: Consentimiento expreso e informado

No puedes usar datos sin base legal. Si tu base es el CONSENTIMIENTO, debe ser: LIBRE (sin presión), ESPECÍFICO (para cada finalidad), INFORMADO (explicas qué harás) e INEQUÍVOCO (acción afirmativa clara, no vale el silencio). Las casillas premarcadas están prohibidas. Debe poder retirarse fácilmente.

Paso 3: Política de Privacidad completa

Debes informar ANTES de recoger datos sobre: identidad del responsable, finalidad del tratamiento, base legal (consentimiento, contrato, interés legítimo...), destinatarios de los datos, plazo de conservación, derechos ARCO-POL, derecho a reclamar ante AEPD, DPO si existe y transferencias internacionales si las hay.

Paso 4: Medidas de seguridad

TÉCNICAS: cifrado, copias de seguridad, antivirus, firewall, contraseñas robustas, control de accesos, logs de actividad. ORGANIZATIVAS: formación del personal, contratos de confidencialidad, control de entradas/salidas, destrucción segura de documentos, política de seguridad documentada.

Paso 5: Derechos ARCO-POL

Debes atender en 1 MES: Acceso (saber qué datos tienes), Rectificación (corregir errores), Cancelación/Supresión (borrar datos), Oposición (dejar de tratarlos), Portabilidad (recibir en formato electrónico), Olvido (borrar de internet), Limitación (suspender temporalmente). Si no respondes o lo haces mal, pueden denunciarte a la AEPD.

Paso 6: Contratos de Encargado

Si un tercero trata datos por tu cuenta (hosting, gestoría, CRM, email marketing, software RRHH...), debes firmar un CONTRATO DE ENCARGADO DE TRATAMIENTO que regule: instrucciones, seguridad, confidencialidad, subencargados, ayuda en derechos, devolución/destrucción de datos. Sin este contrato, ambos sois responsables de sanciones.

Paso 7: Protocolo de brechas

Si hay filtración, pérdida, robo o acceso no autorizado a datos, debes notificar a la AEPD en 72 HORAS. Si hay alto riesgo para los afectados, también debes informarles a ellos. Tienes que documentar todas las brechas aunque no las notifiques. Fundamental tener un protocolo de actuación preparado ANTES de que ocurra.

Paso 8: Delegado de Protección de Datos

Es OBLIGATORIO designar DPO si: eres administración pública, realizas monitorización sistemática y a gran escala (ej: videovigilancia extensiva, geolocalización), tratas a gran escala datos sensibles (salud, biométricos, penales, orientación sexual, religión). Puede ser interno o externo. Debes comunicarlo a la AEPD.

Interpretación de los Resultados

Puntuación 0-5 puntos (CUMPLIMIENTO ALTO): Tu empresa tiene un buen nivel de cumplimiento RGPD. Has implementado las medidas esenciales. Recomendamos auditoría anual para mantener el cumplimiento y adaptarte a cambios normativos.

Puntuación 6-14 puntos (CUMPLIMIENTO MEDIO - RIESGO): Tienes carencias significativas que te exponen a sanciones. Debes corregir urgentemente: falta de documentación, consentimientos deficientes, medidas de seguridad insuficientes o ausencia de procedimientos obligatorios. Riesgo de sanción: 10.000-600.000€.

Puntuación 15-24 puntos (INCUMPLIMIENTO GRAVE - ALTO RIESGO): Tu empresa NO cumple el RGPD en aspectos fundamentales. Exposición máxima a sanciones: hasta 20 millones € o 4% facturación anual global. Necesitas URGENTE adaptación completa: registro, políticas, medidas de seguridad, procedimientos, contratos. La AEPD puede inspeccionar en cualquier momento.

Ejemplo Práctico

Caso de "Taller Mecánico López" (15 empleados, Vinaròs):

  • Registro: No tiene (2 puntos)
  • Consentimiento: A veces lo pide (2 puntos)
  • Información: Muy básica (3 puntos)
  • Seguridad: Básica (2 puntos)
  • Derechos: Nunca solicitados (1 punto)
  • Contratos: No firma (3 puntos)
  • Brechas: Sin protocolo (3 puntos)
  • DPO: No lo necesita (0 puntos)

Puntuación total: 16 puntos - INCUMPLIMIENTO GRAVE

Riesgos detectados:
• Sin Registro de Actividades (trata empleados, clientes, videovigilancia)
• Política de privacidad inexistente
• Sin contratos con gestoría ni software taller
• Sin protocolo brechas (riesgo: no notificar en 72h)
Sanción potencial: 10.000-300.000€

Monés Molina Abogados realizó adaptación completa en 2 meses: Registro, políticas, contratos encargado, formación empleados, procedimientos derechos y brechas, medidas de seguridad documentadas. Coste: 1.200€. Evitó sanción potencial de 50.000€ por inspección posterior de AEPD.

Limitaciones Importantes a Considerar

Sanciones económicas muy elevadas: La AEPD puede sancionar hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global (se aplica la mayor). En 2025 la multa media fue 85.000€. Las sanciones más comunes: ausencia de legitimación (150.000€), medidas de seguridad insuficientes (100.000€), no atender derechos (60.000€).

Inspecciones y denuncias: La AEPD puede inspeccionar sin previo aviso. Cualquier empleado descontento, cliente o competidor puede denunciarte. En 2025 se abrieron 14.000 expedientes sancionadores. El 70% se originaron por denuncias de particulares.

Responsabilidad proactiva: No basta con cumplir, debes DEMOSTRAR que cumples. Si la AEPD te requiere documentación y no puedes acreditar el cumplimiento (registro, análisis de riesgos, formación...), se presume el incumplimiento y se invierte la carga de la prueba.

Cumplimiento continuo: El RGPD no es un trámite único. Debes revisar y actualizar periódicamente: cuando cambies tratamientos, cuando cambies proveedores, cuando haya cambios normativos, tras brechas de seguridad. Recomendamos auditoría anual.

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Te adaptamos al RGPD y evitamos sanciones de hasta 20 millones €

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