SEGURIDAD VIAL · DELITO DE ALCOHOLEMIA

Tasa de alcoholemia en 2026: cuándo es solo multa y cuándo ya es delito penal

Hoy en España das positivo a partir de 0,10–0,20 mg/l en aire espirado según el tipo de conductor, pero el delito de alcoholemia aparece cuando superas los 0,60 mg/l o cuando, aunque la tasa sea menor, el alcohol afecta claramente a tu forma de conducir. Por encima de esos límites te expones a antecedentes penales, retirada del carnet y, en algunos casos, incluso a pena de prisión.

Límites de alcoholemia actualizados 2025 Diferencia entre multa y delito Penas, puntos y antecedentes

Esta guía se basa en el artículo 379 del Código Penal y en los últimos criterios de DGT y tribunales; conviene revisar cada caso concreto con un abogado penalista.

1. Multa administrativa o delito penal: la línea roja

Lo que marca la diferencia es la tasa de alcohol y cómo afecta a tu conducción. La Ley de Seguridad Vial fija las sanciones administrativas, y el Código Penal castiga las conductas más graves.

Infracción administrativa (multa y puntos)

  • Conductor general: a partir de 0,25 mg/l en aire espirado ya hay multa y pérdida de puntos; distintos cambios normativos están reduciendo el margen efectivo a 0,20 mg/l y se habla de 0,10 mg/l como referencia futura.
  • Conductores noveles y profesionales: límites más bajos (0,15–0,20 mg/l), y para menores de edad que conduzcan cualquier vehículo el límite es 0,0 mg/l.
  • Las sanciones van desde 500 € y 4 puntos hasta 1.000 € y 6 puntos, según la tasa y si eres reincidente.

Delito penal de alcoholemia (art. 379.2 CP)

  • Delito “objetivo”: cuando superas los 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre, aunque no haya accidente ni conducción extraña.
  • Delito “por influencia”: aunque no superes 0,60 mg/l, puede haber delito si el alcohol afecta a tus reflejos y se acredita una conducción peligrosa.
  • Penas posibles: prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad, más retirada del permiso de 1 a 4 años.
La mayoría de condenas por alcoholemia se basan en la tasa objetiva superior a 0,60 mg/l, porque es más fácil de probar. Aun así, si provocas un accidente grave puede haber delito incluso con tasas más bajas.

2. Tabla orientativa de tasas de alcoholemia y consecuencias

No son valores exactos para todos los casos, pero sirven para situarte rápidamente. Recuerda que los etilómetros tienen un pequeño margen de error y siempre se hacen dos mediciones.

Conductores no profesionales

  • 0,00–0,20 mg/l: en principio, sin sanción, pero ojo con futuras reducciones del límite general a 0,10 mg/l.
  • 0,25–0,50 mg/l: infracción administrativa, multa habitual de 500 € y retirada de 4 puntos.
  • 0,51–0,60 mg/l: infracción muy grave, multa de hasta 1.000 € y retirada de 6 puntos.
  • Más de 0,60 mg/l: ya hablamos de delito penal salvo circunstancias muy excepcionales.

Conductores noveles, profesionales y menores

  • Menores de edad: límite 0,0 mg/l; cualquier cantidad supone una infracción muy grave.
  • Noveles y profesionales: a partir de 0,15–0,20 mg/l ya hay sanción; entre 0,30 y 0,60 mg/l, las multas y la pérdida de puntos se agravan.
  • Más de 0,60 mg/l: se aplican las mismas reglas penales que para el resto de conductores.
Estas cifras pueden variar según evolucione la normativa; el criterio constante es que, cuanto menor es el límite general, más fácil es que una sola copa supere la tasa permitida.

3. Cómo se hace la prueba de alcoholemia y qué puede fallar

La prueba debe seguir un protocolo. Si la policía no respeta los pasos, se puede discutir la fiabilidad del resultado y, en algunos casos, evitar una condena penal.

Protocolo básico en carretera

  • Primero se hace una prueba indiciaria con etilómetro de mano. Si da positivo, se pasa a un aparato evidencial.
  • Se realizan dos mediciones con al menos 10 minutos de diferencia; se toma la más baja.
  • Si no estás de acuerdo, puedes solicitar análisis de sangre, aunque deberás asumir su coste si también es positivo.

Aspectos que se revisan en la defensa

  • Fecha de calibración y mantenimiento del etilómetro.
  • Respeto de los tiempos entre pruebas y corrección de los valores.
  • Existencia de síntomas objetivos (habla pastosa, marcha inestable, olor a alcohol) cuando la tasa es dudosa.
  • Posibles circunstancias médicas que alteren el resultado (inhaladores, reflujo, etc.).
Negarse a soplar sin motivo justificado es en sí mismo un delito independiente, castigado incluso con más severidad que muchas alcoholemias positivas.

4. He dado positivo en alcoholemia: qué hago ahora

Mantener la calma y conocer tus derechos es esencial. Lo que digas y firmes en el momento puede condicionar tu defensa después.

1

Coopera pero pide que conste todo

Sopla cuando te lo indiquen y solicita copia del ticket con las dos mediciones. Si te encuentras mal o tomas medicación, pide que lo anoten en el atestado.

2

No te auto‑inculpes

Tienes derecho a no declarar en comisaría y a hacerlo solo ante el juez con tu abogado. Evita expresiones como “iba borracho” o “solo me tomé seis copas”.

3

Contacta con un abogado penalista

Revisa con él si la tasa supera 0,60 mg/l, si hay accidente o daños y si el procedimiento puede tramitarse como juicio rápido o no.

4

Valorar conformidad o defensa completa

Según la tasa y tus antecedentes, puede interesar un acuerdo rápido con rebaja de pena o ir a juicio para discutir pruebas, protocolo y posible influencia real del alcohol.

¿Te han citado a un juicio rápido por alcoholemia en Castellón o Vinaròs?

El plazo para preparar la defensa es muy corto. Revisar el atestado, las tasas, el protocolo seguido y tus antecedentes permite decidir si conviene llegar a un acuerdo o pelear el caso para evitar antecedentes penales y una larga retirada del permiso.

Quiero hablar con un abogado penalista Tel. 964 82 86 08 Delitos contra la seguridad vial · Vinaròs (Castellón)
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