Mones Molina
ABOGADOS

Protección de Datos Personales

¿Qué es? Todas las empresas y profesionales, así como las entidades públicas, están obligadas a proteger los datos personales que manejan en su día a día, ya sea de sus clientes, empleados o proveedores, a fin de garantizar la confidencialidad de los datos.

¿Dónde se regula? El Reglamento Europeo (UE) 216/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2.016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales son las normas que establecen las obligaciones que ha de cumplir cualquier empresa en materia de protección de datos personales.

Protección de Datos Vinaròs

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¿Qué datos hay que proteger? Toda empresa ha de saber que los datos que realmente son objeto de protección son los datos relativos a personas físicas, cuya protección se consagra en el artículo 18 de la Constitución Española, al objeto de garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos.

Obligaciones: Otro aspecto importante en materia de protección de datos es la obligación que tienen las empresas y profesionales de manejar los datos personales que les faciliten los clientes, proveedores o empleados, única y exclusivamente, para el cumplimiento de las finalidades para las que fueron solicitados.

En nuestro despacho contamos con abogados especialistas en protección de datos personales y podemos ayudarle a que su empresa cumpla con todas las obligaciones que establece la ley en esta materia.

Para ello, ofrecemos a nuestros clientes un servicio integral que consiste, no sólo en la adaptación inicial de la empresa a la Ley vigente de protección de datos personales, sino también, en un asesoramiento constante y personalizado, que nos permite mantener actualizados todos los documentos que la empresa está obligada a implementar, ya sea para la recogida y tratamiento de los datos personales, o para garantizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación de tratamiento, portabilidad y oposición, a los titulares de los datos.

Todo ello, a fin de evitar la imposición de las cuantiosas multas previstas en la ley, en caso de incumplimiento de las obligaciones que se establecen en materia de protección de datos, que pueden alcanzar los 600.000 €.

Esto le interesa

Una de las obligaciones que impone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales a las empresas, es suscribir un contrato con todos los profesionales, ya sean persona física o jurídica, que presten un servicio que conlleve el tratamiento de datos personales, a fin de garantizar la confidencialidad de la información a la que se tiene acceso.